lunes, 13 de diciembre de 2010

Casos de tortura en Tijuana 2009-2010

ARRAIGO Y TORTURA
El día 5 de noviembre, en el marco del 137° período de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, A.C. (CCDH) y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos, A.C. (CMDPDH)
en nuestro carácter de copeticionarios, nos presentamos ante ese organismo intergubernamental en la Audiencia Temática “Seguridad Pública y Derechos Humanos en Tijuana, Baja California”, en la cual, junto con familiares de víctimas de tortura, se dio testimonio de los presuntos abusos cometidos por elementos del ejército y autoridades municipales de Tijuana (Tte. Cor. Julián Leyzaola Pérez, Secretario de Seguridad Pública Municipal y Cap. Gustavo Huerta, Director de Policía y Tránsito), en la modalidad de detenciones ilegales y arbitrarias, incomunicación, violación al debido proceso y a la debida defensa, así como torturas y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes en contra de policías de dicha entidad y de civiles que se encontraban bajo arraigo en instalaciones militares y en el hotel Real Inn de Tijuana que funge como Centro de Arraigo de la PGR, en distintas fechas, en el año 2009.

De manera particular, entre abril y septiembre de 2009, la CCDH y la CMDPDH documentamos los casos de 25 policías municipales de Tijuana, 4 civiles del municipio de Playas de Rosarito, 2 agentes ministeriales adscritos a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California en Mexicali y 11 policías municipales de Tijuana. Salvo los dos agentes ministeriales que solo fueron torturados y liberados al siguiente día, el resto fueron arraigados y torturados por personal militar y, en el caso de los policías municipales, además, torturados por los funcionarios policíacos de Tijuana arriba citados.

Con motivo de la Audiencia antes referida, la CIDH, retomó las inquietudes planteadas por los peticionarios, y el 23 de noviembre de 2009 solicitó al Estado mexicano:

"1. Fundamento jurídico de la institución del arraigo y su aplicación;
2. Procedimiento con que se realiza el arraigo, en particular cómo se autoriza, quién lo ejecuta y si existe control judicial;
3. Autoridad que custodia a las personas detenidas bajo arraigo y cuál es el control que se ejerce sobre los procedimientos de detención;
4. Información sobre los alegatos de tortura y las investigaciones realizadas al efecto;
5. Autoridades ante las cuales corresponde efectuar las denuncias de torturas en estos casos; y
6. Lugares donde se ejecutan los arraigos. En particular, informar sobre el fundamento para mantener arraigados en cuarteles o instalaciones militares."

Cabe mencionar que durante el pasado Examen Periódico Universal de la ONU, el Estado mexicano fue cuestionado respecto a la figura de arraigo y su implementación en el contexto de la llamada guerra contra el crimen organizado, ante lo cual, contestó:

"[...] las personas bajo arraigo gozan de los derechos del debido proceso, al igual que quienes están sujetos a cualquier otra forma de detención. En la aplicación del arraigo, se prohíbe toda incomunicación, intimidación o tortura; debe informarse de los hechos que se atribuyen y los derechos que asisten; y debe garantizarse pleno acceso a un abogado a fin de asegurar una defensa adecuada, entre otras garantías que establece el artículo 20 constitucional que refleja disposiciones de los artículos 9, 10 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El juicio de amparo procede en contra de la resolución del juez de control, así como para garantizar la protección de estos derechos. Además, las personas bajo arraigo gozan de atención y control médico."

Sin embargo, los casos documentados por la CCDH y la CMDPDH dan cuenta de la ineficacia de los controles judiciales, la inoperancia de los abogados de oficio, la práctica de tortura para arrancar confesiones en falso o para incriminar a terceros, la ausencia de un médico que certifique el estado de salud de las personas arraigadas mediante la aplicación del “Protocolo de Estambul” (examen médico-psicológico especializado de la ONU adoptado por México y por el Estado de Baja California para certificar la tortura), así como la violación al debido proceso y el acceso a la justicia.

Asimismo, es importante remarcar que, hasta la fecha, ninguna autoridad se ha pronunciado con respecto a los casos referidos y ninguno de los responsables ha sido llamado a declarar o ha sido sancionado, a pesar de que las víctimas ya han manifestado ante el Ministerio Público y un Juez haber sido sometidos a torturas y haber dado positivo en el Protocolo de Estambul, aplicado por peritos de la CNDH.

El 1º. de octubre pasado, los agentes municipales JOSE ROBERTO CASTILLO ORTIZ, RENE CHRISTIAN HUANTE MONDRAGON, ROLANDO SALDAÑA CHACÓN, BLANCA BERENICE HUISAR MUNGUÍA, MANUEL ADELMO OLIVAS COSS, GERARDO GARDUÑO ESCOBAR y MIGUEL ANGEL MESINA, presentaron ante la Agencia del Ministerio Público del Fuero Común en Tijuana, formal denuncia penal en contra de elementos del ejército mexicano adscritos al 28º. Batallón de Infantería, II Zona Militar en Tijuana, así como de sus jefes policíacos Julián Leyzaola y Gustavo Huerta.

Estas 13 personas, que salieron en libertad exonerados en agosto pasado, formaron parte del grupo de 25 policías municipales detenidos en marzo y abril de 2009, arraigados, torturados y procesados en el Cefereso No. 4 de Tepic, Nay.

Meses antes, RICARDO CASTELLANOS HERNANDEZ, del grupo de 11 policías arraigados y torturados en septiembre de 2009, presentó su denuncia formal ante la PGJE por los delitos de detención arbitraria, incomunicación, tortura y otros, contra autoridades militares y sus jefes policíacos Julián Leyzaola y Gustavo Huerta.

Con relación a su estado de salud, hasta el momento, no se les ha brindado atención médica ni psicológica, aún cuando presentan secuelas graves que ponen en riesgo su integridad física.

Los policías municipales liberados han demandado su indemnización de ley o su reincorporación al trabajo, aún a otras áreas, sin que hasta la fecha hayan recibido alternativa alguna por parte de autoridades del XIX y del XX Ayuntamiento de Tijuana.

El pasado mes de octubre, la CCDH documentó el caso de 21 civiles y 4 policías municipales de Tecate, B.C. detenidos en este municipio por la Policía Federal en abril de 2009, sin orden judicial, trasladados, incomunicados y torturados en el cuartel militar El Aguaje de la Tuna de Tijuana, 28º. Batallón de Infantería. Un detenido sufrió dos infartos durante la tortura. A un policía municipal le fracturaron una rodilla y le lesionaron la columna. Posteriormente, a todos los arraigaron durante 80 días en el Hotel Real Inn de Tijuana, Centro de Arraigo de la PGR. Ahora se encuentran en la penitenciaría de El Hongo, B.C., y sus causas penales y recursos de defensa se desahogan en Tepic, Nay., Guadalajara, Jal. y Culiacán, Sin. Presuntamente, una persona se encuentra desaparecida tras la detención.

Los 13 policías municipales de Tijuana liberados del penal de Tepic este año, aseguran que, en las sesiones de tortura en el cuartel militar El Aguaje de la Tuna de Tijuana, donde estuvieron arraigados 40 días, vieron tirados en el piso, esposados, bocabajo y sangrantes, a los 21 civiles y 4 policías municipales de Tecate; los brincaban para trasladarse al baño.

Sobre este caso, algunos familiares han pasado a ser víctimas. Una de ellas, el día de la detención en abril de 2009, a consecuencia de la impresión aborto a un producto de 4 meses de gestación y hoy se encuentra seriamente alterada de los nervios. Otro familiar fue severamente golpeado y enviado al hospital. A un familiar más lo detuvieron tres días e intentaron involucrarlo con la delincuencia organizada. Todos los procesados fueron amenazados para no denunciar ellos o sus familiares la tortura.


GRAVES AMENAZAS A DOS DEFENSORAS DE TIJUANA

Las activistas de los Derechos Humanos SILVIA VAZQUEZ CAMACHO y BLANCA MESINA NEVARES, de Tijuana, B.C., quienes coadyuvan con la CCDH y la CMDPDH en la documentación y seguimiento de los casos de arraigo y las denuncias por tortura interpuestas por civiles y policías municipales de Tijuana, que señalan a elementos del ejército mexicano adscritos a la II Zona Militar con sede en Tijuana y a funcionarios de la Secretaría de Seguridad Pública del XIX Ayuntamiento de Tijuana, han sido amenazadas de muerte.

Blanca Mesina, hija de Miguel Angel Mesina (policía procesado en Tepic, Nay., hoy liberado y exonerado por el Poder Judicial junto con 12 policías más), se dio a la tarea de coordinar a los familiares de los policías municipales presuntamente torturados, ofreciendo el 05 de noviembre de 2009 su testimonio en Audiencia Pública, en Washington, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA.

El 18 de mayo de 2010, aproximadamente a las 18:00 horas, mientras Blanca Mesina circulaba en su automóvil en Tijuana, una camioneta pick up color negra con vidrios polarizados, sin placas, con la defensa trasera chocada, comenzó a golpear por la parte de atrás el auto de Blanca Mesina mientras éste se encontraba en marcha. Debido a que los vidrios de la pick up eran polarizados, Blanca no pudo reconocer a las personas que se encontraban en el interior.

Ante esto, con el fin de protegerse del hostigamiento automovilístico, Blanca Mesina entró al estacionamiento de un establecimiento comercial ubicado en la calle de atrás de la Central Camionera, siendo seguida por la pick up.

De dicha camioneta bajó un hombre, alto, moreno, de complexión robusta, encapuchado, vestido de negro, se acercó a Blanca y le dijo: “es la última vez que te aviso que dejen de denunciar aquí en Tijuana, hay muchos contactos y creo que no quieres perder a algún familiar. Si no te mato en este momento, es para no provocar un escándalo por las elecciones y porque tu caso ya está a nivel internacional”. Posteriormente, esta persona se acercó más a Blanca, le dio un beso en la mejilla y se fue.

A consecuencia de las graves amenazas recibidas por Silvia Vázquez y Blanca Mesina, el 04 de junio pasado la CIDH emitió RECOMENDACIÓN al Estado Mexicano , otorgando MEDIDAS CAUTELARES a favor de las dos activistas y sus familiares, por “actos de intimidación y hostigamientos que ponen en riesgo sus vidas e integridad personal. Se alega asimismo que esta situación se debería a sus denuncias sobre supuestos abusos de autoridad cometidos por agentes de las fuerzas públicas de Baja California.” Solicitando al Estado mexicano que “adopte las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad personal (…) y que informe a la CIDH sobre las medidas adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de medidas cautelares.”, así como se investigue el origen de las amenazas.

Previamente, el 04 de marzo del presente año, la CNDH solicitó al gobernador de Baja California, José Guadalupe Osuna Millán, la adopción de MEDIDAS DE PRECAUCION en favor de las dos defensoras de los Derechos Humanos . En el mismo mes, la PROCURADURÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y PROTECCION CIUDADANA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA (PDH) hizo lo propio. El 17 de junio último, la CNDH envió un segundo llamamiento al gobernador Osuna Millán, para que instrumente las Medidas Cautelares para Silvia Vázquez y Blanca Mesina .

El 28 de octubre de 2010, la CCDH, la CMDPDH y representantes del Estado Mexicano, tuvieron una REUNION DE TRABAJO en Washington con la CIDH, para garantizar la protección de las defensoras, acordando que la PGR y la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California deben realizar las investigaciones y averiguaciones sobre las amenazas que han recibido y que las obligaron a salir de su lugar de residencia.

Por su parte, la defensora Silvia Camacho sostuvo que "a casi siete meses de otorgadas las medidas de protección a través de la Unidad de Derechos Humanos, dependiente de la Secretaría de Gobernación, es necesario que se notifique al Ejecutivo estatal la decisión de abrir procedimientos disciplinarios ante los órganos de control interno o el que corresponda, por el constante incumplimiento de los acuerdos tomados en las reuniones de trabajo para la implementación y cumplimiento de las medidas cautelares, para los funcionarios en ambos niveles de gobierno."

Resultado de la Reunión de Trabajo MC 131/09 del 28 de octubre pasado, antes citada, Blanca Margarita Mesina Nevares, Silvia Vázquez Camacho y sus familias, la CIDH instó al Estado mexicano para que en 48 horas informe de manera concreta la protección otorgada a las defensoras y se implemente de inmediato para que las defensoras puedan regresar a Tijuana a realizar sus actividades cotidianas.

AMNISTIA INTERNACIONAL, desde Londres, emitió ACCION URGENTE el 05 de mayo por las mismas razones ; el 21 de mayo, el OBSERVATORIO PARA LA PROTECCION DE LOS DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS de la FEDERACION INTERNACIONAL DE DERECHOS HUMANOS, dirigió comunicados al Presidente Felipe Calderón, al Presidente de la CNDH, Raúl Plasencia, al Gobernador del Estado de Baja California, José Guadalupe Osuna Millán y a otros funcionarios federales y estatales, para que adopten las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad de las defensoras , y por último, el 25 de mayo pasado, HUMAN RIGHTS WATCH dirige misiva al Secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, expresando su preocupación por la integridad y la vida de las dos activistas, solicitando para ellas la protección del gobierno mexicano .

A pesar de las Recomendaciones, Acciones Urgentes y exhortos dirigidos a las autoridades federales y estatales de Baja California por diversos organismos nacionales, internacionales e intergubernamentales de protección de los derechos humanos, y a pesar de múltiples reuniones con autoridades de ambos niveles de gobierno, tanto en Tijuana como en las Cd. de México, no han sido otorgadas las Medidas Cautelares a Silvia Vázquez y a Blanca Mesina de manera efectiva, por lo que el riesgo a su integridad y a su vida persiste.

No hemos observado avances significativos respecto a las denuncias penales interpuestas ante el Ministerio Público por las dos activistas, tanto en el Fuero Federal como en el Fuero Común, por las amenazas recibidas, así como tampoco tenemos conocimiento del avance de las investigaciones respecto a las denuncias presentadas por los policías y civiles presuntamente torturados y/o sus familiares, ante las mismas instancias ministeriales.

Por lo anterior, y ante la falta de garantías para preservar la integridad física y la vida de las afectadas, la CCDH y la CMDPDH decidieron conjuntamente con ellas, la necesidad de que salgan de la Cd. de Tijuana hasta que se den las condiciones de seguridad para su retorno.


RECOMENDACIONES DE LA PDH Y LA CNDH
El pasado 19 de agosto de 2010, la Procuraduría de los Derechos Humanos y Protección Ciudadana del Estado de Baja California (PDH), giró la Recomendación 06/2010 dirigida al presidente municipal de Tijuana, Jorge Ramos, al acreditar que se violaron los derechos humanos de cinco personas civiles en la modalidad de tortura y otras, atribuibles al Secretario de Seguridad Pública Municipal, Tte. Cor. Julián Leyzaola Pérez y a otros elementos de su corporación, dando vista de los hechos al Ministerio Público del Fuero Común.

Se recomendó al alcalde el inicio del procedimiento administrativo por la Sindicatura municipal, se indemnice a las víctimas de tortura y se impartan a todo el personal de Seguridad Pública cursos en materia de Derechos Humanos. La Recomendación no fue aceptada por Jorge Ramos.

El Presidente de la CNDH, Dr. Raúl Plascencia, emitió la Recomendación No. 68/2010 el martes 30 de noviembre de 2010, dirigida a la Diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, Presidente de la XX Legislatura Estatal y a los integrantes del Ayuntamiento de Tijuana. CON UNA INVESTIGACION ANEXA para determinar la responsabilidad penal y administrativa del ex Secretario de Seguridad Pública Municipal de Tijuana, Julián Leyzaola, acusado de privación ilegal de la libertad, golpes y torturas, en agravio de 5 personas civiles, y contra el ahora ex Alcalde de Tijuana Jorge Ramos Hernández, por negarse a atender la recomendación de retirar de dicho cargo al exjefe policiaco.

En la recomendación de la CNDH recibida en el Congreso del Estado el 02 de diciembre, se precisan hechos violatorios de los derechos humanos atribuibles a Leyzaola y agentes policiacos a sus órdenes, que ocurrieron el 22 de agosto del 2009. Se destaca que estas cinco personas fueron detenidas ilegalmente por policías municipales a cargo de Leyzaola, en hechos distintos, golpeados desde el momento en que fueron subidos a las patrullas, para luego llevarlos al edificio de “La Ocho” (Cárcel Pública municipal y oficinas centrales del Secretario de Seguridad Pública), donde los mantuvieron privados de su libertad, los torturaron física y psicológicamente, incluso, colocándoles bolsas de plástico en la cabeza a fin de que confesaran que habían participado en el asesinato de varios policías municipales. Destaca un párrafo en el sentido de que los obligaron a disparar armas para que les resultara positiva la prueba de rodizonato de sodio. Así mismo, los amenazaron de muerte si denunciaban que habían sido torturados.

Los policías municipales presuntamente torturadores, fueron identificados como elementos del grupo de inteligencia denominado “Pumas”.

La Recomendación fue emitida por la CNDH en relación al recurso de impugnación presentado por las víctimas de tortura y avalado por el Lic. Heriberto García, Procurador de los Derechos Humanos de Baja California, ante la negativa del ahora ex alcalde Jorge Ramos de remover de su cargo a Leyzaola, acusado de violaciones a los derechos humanos de estos jefes de familia, algunos de ellos pequeños empresarios.

En la Recomendación 68/2010 de la CNDH, dirigida además del poder legislativo al ayuntamiento de Tijuana, se pide que “se indemnice económicamente y se repare el daño ocasionado a los agraviados, por medio de la atención médica y psicológica periódica, previa autorización de las víctimas por todo el tiempo que lo requieran hasta su restablecimiento”.

Por su parte, a la presidenta de la XX Legislatura de Baja California, Dip. Nancy Sánchez se le indica que existen elementos para solicitar a la Procuraduría General de Justicia del estado de Baja California, que en el ámbito de su competencia, inicie la averiguación previa que en derecho corresponda, en contra de los servidores públicos que intervinieron en los hechos, y de ser el caso que se determine responsabilidad penal, se sancione a los responsables de los delitos cometidos en contra de las víctimas y que esas conductas no queden impunes.


PREMIO A LOS FUNCIONARIOS ACUSADOS DE TORTURA
Contrario al espíritu de un Estado Democrático de Derecho y de la tan levada y traída “Cultura de la Legalidad”, sin considerar las Recomendaciones de los organismos públicos y las acciones emprendidas a nivel local, nacional e internacional por las ONG en favor de las víctimas de la tortura, el 05 de diciembre pasado el Tte. Cor. Julián Leyzaola Pérez fue nombrado Subsecretario del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Baja California (encargado de promover, precisamente, la Cultura de la Legalidad y la Participación Ciudadana); el Cap. Gustavo Huerta Martínez toma protesta el 06 de diciembre como Secretario de Seguridad Pública Municipal de Tijuana nombrado por el alcalde Carlos Bustamante Anchondo y el Gral. Alfonso Duarte Mújica fue ascendido el 22 de noviembre pasado a Comandante de la II Región Militar con sede en Mexicali (para la región Baja California, Baja California Sur y Sonora). Es, a su vez, nombrado por el gobernador José Guadalupe Osuna Millán como jefe del MANDO UNICO POLICIAL en el estado , a pesar de que aún no se aprueban las reformas correspondientes.


RAUL RAMIREZ BAENA
Presidente,
Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, AC (CCDH)
Correo-e: ccdhbc@yahoo.com.mx
Tel. (686) 172 7956

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