martes, 21 de diciembre de 2010

COLUMNA: Palco de Prensa

* La “sordera crónica”
Por Gilberto Lavenánt
El 19 de Agosto del 2010, la Procuraduría de Derechos Humanos de Baja California, emitió la Recomendación 06/2010, dirigida al entonces Alcalde de Tijuana, Jorge Ramos Hernández, para que procediera a retirar de sus cargos, a elementos de la Secretaria de Seguridad Pública Municipal de Tijuana, entre ellos a Julián Leyzaola, entonces Secretario de Seguridad Pública Municipal, por la detención ilegal y tortura de varias personas, a quienes señalaban como ¨matapolicías¨.
La recomendación, era en el sentido de que se debería indemnizar económicamente a los agraviados y se les reparara el daño ocasionado, otorgándoles atención médica y psicológica, por todo el tiempo que lo requieran, hasta su restablecimiento.

Además se recomendaba reforzar el programa de capacitación permanente, al personal de la Secretaria de Seguridad Pública Municipal, incluyendo cursos de actualización en materia de Derechos Humanos, exámenes de oposición, evaluaciones periódicas con terapia de manejo de estrés y manejo del enojo, que permitiera mejorar el desempeño en sus funciones y actividades, así como concursos de selección para los servidores públicos, a fin de que en el marco de sus atribuciones, se ajusten a la legalidad y respeto a los Derechos Humanos.

También se recomendó impartir talleres, cuyo objeto sería verificar el cumplimiento del deber jurídico y ético, bajo los lineamientos respectivos, y que se diera vista a la Sindicatura Municipal, para que se iniciara el procedimiento administrativo correspondiente en contra de un médico, y en contra de jueces calificadores que elaboraron las determinaciones a través de las cuales pusieron a disposición del Ministerio Público del Orden Común y Federal a los agraviados, por las omisiones en que incurrieron.

En especial, se recomendó se iniciara el procedimiento de remoción, ante la Sindicatura, en contra de Julián Leyzaola, así como en contra de dos agentes municipales y en contra de los que resultaran responsables, por las conductas violatorias de derechos humanos ejecutadas en perjuicio de los agraviados. Aunque no se le refiere en forma precisa, se presume que esta recomendación también incluía la remoción o destitución de Gustavo Huerta, entonces Director de la Policía Municipal y hoy Secretario de Seguridad Pública Municipal.

Ramos Hernández hizo caso omiso de la remoción, puso ¨oídos sordos¨, mal común entre los funcionarios de Baja California y objetó la recomendación de la PDH, argumentando que carecía de pruebas para acreditar que sus ¨muchachitos¨ eran violadores de derechos humanos, y en lugar de retirarlos de los cargos, se dedicó a promocionar a Leyzaola para que continuara al frente de la Secretaria de Seguridad Pública. Al final de cuentas no logró su propósito, pero Leyzaola fue ¨rescatado¨ por el Gobernador José Guadalupe Osuna Millán, quien lo designó Subsecretario de Seguridad Pública, en tanto que Gustavo Huerta fue premiado, designándolo el nuevo Alcalde, Carlos Bustamante, para que ocupara el cargo de Secretario de Seguridad Pública Municipal que ocupaba Leyzaola.
Inconforme con lo que ocurría, el Procurador de los Derechos Humanos, Lic. Heriberto García, impugnó la negativa de Ramos Hernández, en atención a lo cual la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió dictámen, ratificando la Recomendación 06/2010 y emtiendo una nueva Recomendación, tendiente a darle seguimiento a este asunto.

La Recomendación 68/2010, firmada por el Dr. Raúl Plascencia, Presidente de la CNDH, el pasado 30 de noviembre, fue dirigida a los integrantes del Ayuntamiento de Tijuana, así como a la Diputada Nancy Sánchez Arredondo, Presidente de la XX Legislatura Estatal, observándoles que ¨...las recomendaciones emitidas por los organismos públicos, requieren de la buena voluntad, disposición política y mejores esfuerzos de las autoridades a quienes se dirigen para su aceptación y cumplimiento¨.

A la legisladora le recomendó girara las instrucciones pertinentes, para que se iniciara una investigación, a fin de establecer las responsabilidades en que pudieron haber incurrido los funcionarios involucrados en los hechos de tortura, así como en el incumplimiento de la Recomendación de la PDH.

Así mismo, que exhortara al Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, a rendir los informes que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos le solicite, a fin de cumplir con lo que se establece en la ley de esta institución protectora de los derechos humanos.

A los integrantes del Ayuntamiento de Tijuana, les insistió se diera cumplimiento a la recomendación 06/2010, emitida el 19 de agosto de 2010 por la PDH y se enviaran a la CNDH las constancias con las que se acreditara su total observancia, además de que se colabore en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que formule ante la Procuraduría Justicia de Baja California, por tratarse de servidores públicos municipales cuya conducta motivó dicho pronunciamiento.

A ambas instancias, la CNDH les estableció un término de quince días hábiles siguientes a esa notificación, para su cumplimiento. El plazo, ya concluyó, y en tanto que Leyzaola y Huerta, no han sido removidos, resulta evidente que no hubo, de parte de los requeridos, ni buena voluntad, ni disposición política, ni esfuerzo alguno, para dar cumplimiento a las recomendaciones de la PDH y de la CNDH.

Salvo prueba en contrario, los integrantes del Ayuntamiento de Tijuana y los de la Legislatura Estatal, también padecen ¨sordera crónica¨. Un mal que ya resulta endémico en Baja California, como también lo es la impunidad y la tortura.

gil_lavenant@hotmail.com

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