miércoles, 9 de abril de 2014

Palco de Prensa: Cuando veas las barbas…

Por Gilberto Lavenant
Los dichos populares, contienen una sabiduría extraordinaria, sencilla y fácil de digerir. El problema es que a la mayoría de los seres humanos, no les llama la atención el leer. Ni siquiera los dichos, que son expresiones breves, sumamente interesantes.

Como ese que advierte : “cuando veas las barbas de tu vecino mochar, pon las tuyas a remojar”. Aquellos que se dedican a prestar servicios médicos, mediante una cuota periódica, deberían dejar de hacerlo, de inmediato, si no cuentan con autorización para ello.
Ahí tienen la muestra. El caso de la empresa respecto de la cuál es, o fue, socio, el Dr. Guillermo Trejo Dozal. Consideraron que era un excelente negocio y supusieron que no tendrían ningún problema por ello, y ya ven las consecuencias.
Hoy, Trejo Dozal y socios, andan fugitivos, a salto de mata. Y hay más involucrados en ese asunto, como es el caso del –aún- Secretario de Desarrollo Económico del Estado, Carlo Humberto Bonfante Olache, también socio de la misma empresa, pero contra quien se omitió librar orden de aprehensión. En cualquier momento se le puede agregar.
Dentro de las especulaciones generadas, por este asunto, se dice que Trejo Dozal, es un prestanombre de otro personaje, que actualmente firma como Gobernador del Estado, que es quien, dicen, realmente aportó el dinero, para la creación de la empresa del escándalo.
Por otra parte, resulta absurda, y aparentemente ingenua, la argumentación planteada por el ahora fugitivo, Trejo Dozal, en su supuesto posicionamiento.
Dice, tratando de dar por hecho, que está libre de culpa, que desde 2011, dejó de ser socio de la empresa. Todo indica que no ha leído el texto de la orden de aprehensión, pues en el mismo se hace referencia a 13 contratos de prestación de servicios médicos, de los cuales, 3 fueron celebrados en 2008, 3 en 2009, 3 en 2010, 3 en 2011 y uno sin fecha. Todos, durante el tiempo en que Trejo Dozal fue socio de la empresa.
Dice también, en su supuesto posicionamiento, que él y sus socios, hicieron una consulta legal, con un perito de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, “en el cual determinó que sí era factible la prestación de este servicio de consultas a bajo costo y que no tenía relación alguna con ventas de seguro”. Bueno, obviamente, dicha persona les mintió.
Además, aunque la opinión haya sido por escrito, eso no desvirtúa la presunta comisión del delito, previsto en el Artículo 141, fracción I, en relación con el diverso 3, fracciones I y IV, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
Dice, que : “Es un tema de interpretación jurídica, donde la autoridad argumenta que hay un negocio que opera como venta de seguros y fianzas, cuando en realidad se trata de servicios médicos a bajo costo”.
Obviamente, nadie le ha dicho, que el artículo 3º., de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, fracción I, advierte que “se considerará como operación activa de seguros la prestación de servicios dirigidos a prevenir o restaurar la salud a través de acciones que se realicen en beneficio del asegurado, mediante el pago de una cantidad de dinero”. Así es que no hay ningún problema de interpretación.
También se precisa, que para prestar servicios, considerados como operación activa de seguros, se requiere autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y en el caso en mención, nunca lo solicitaron.
El delito, en que presuntamente se incurrió, previsto en el artículo 141 y 3o. de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, se sanciona con prisión de tres a quince años y multa de mil quinientos a cinco mil días de salario. Es un delito grave, que no permite la libertad bajo fianza. Trejo Dozal, de ser detenido, tendría que “despachar” tras las rejas de la prisión.
Dice, que : “No hay denuncia de ciudadanos afectados, la denuncia la interpuso la Procuraduría Fiscal de la Federación, perteneciente al SAT. Mi nombre salió a relucir porque formé parte de esa empresa y cuando la autoridad presume que hay una irregularidad, llama a todos los socios y de ahí se van deslindando responsabilidades”. Nada de eso es cierto. No se presume irregularidad alguna, sino la comisión de un delito.
La denuncia la formuló, el Licenciado Flavio Carlos Valadez, Agente del Ministerio Público Federal, en su carácter de Director de Delitos Financieros, de la Dirección General de Delitos Financieros y Diversos, de la Subprocuraduría Fiscal de la federación, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, previa consulta con la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Tal y como se preveé legalmente, como requisito de procedibilidad, en este tipo de asuntos.
Dice, que está en la mejor disposición “de que este asunto se aclare”, que por ello, decidió solicitar licencia a su cargo, como Secretario General de Gobierno. Así mismo, advirtió : “Quiero dejar claro que por un lado estaré a la espera de las aclaraciones pertinentes por parte de la autoridad y disponible cuantas veces sea requerido. Estoy seguro de que no tengo responsabilidad alguna en esta situación jurídica expuesta”.
Como dicen, que el que nada debe, nada teme, si Trejo Dozal está tan seguro de que no incurrió en responsabilidad alguna, y que estará disponible, cuantas veces sea requerido, que se entregue. Lo meterán a una celda y tendrá qué acudir a cuanta audiencia se requiera. Su voluntad o disponibilidad, sale sobrando. Los que estén en condiciones similares, recuerden : “cuando veas las barbas de tu vecino mochar, pon las tuyas a remojar”.
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