Por Gilberto Lavenant
Los lamentables hechos sangrientos, registrados en Iguala, Guerrero –el asesinato y desaparición de 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa- y en Tlatlaya, Estado de México -22 personas masacradas por el ejército- no son precisamente asuntos policiacos o hechos de sangre, aislados, sino claras evidencias del grado de descomposición del Estado de Derecho Mexicano.
Incluso, podría decirse, que el identificar a los autores materiales de tan horrendos crímenes, no es tan importante, como reconocer la responsabilidad de quienes, teniendo la obligación y facultad de velar por el orden y la seguridad interior de México, se conforman con adoptar posturas mediáticas y recurrir al simple discurso demagógico, para aparentar que cumplen con su deber.
Es más, la identificación de los autores materiales, en ambos casos, sirve de base para dimensionar la problemática que vive actualmente el pueblo mexicano. El gobierno formal, no gobierna, propiamente, sino los gobiernos de facto, políticos involucrados, confabulados o sometidos por el crimen organizado. No es difícil imaginar lo que, unos y otros, juntos, son capaces de hacer. Ayotzinapa y Tlatlaya, son una muestra de ello.
Ambos hechos, son meramente circunstanciales, pero se dan, precisamente por la forma libre en que, criminales y políticos, han venido operando. Ante la negligencia de funcionarios que no hacen su tarea.
El gobierno federal, consta de múltiples dependencias, con funciones y facultades específicas, pero la más importante, sin duda alguna, lo es la Secretaría de Gobernación. La encargada de velar por la paz interior del país. Algo así como una vicepresidencia de la República.
En tanto que el Presidente de México, ostenta la representación oficial del país y la dirección de las políticas nacionales, su brazo derecho, lo es el titular de la Secretaría de Gobernación. A este último corresponde, vigilar en todo momento la vida nacional y actuar, cuando se requiera, para enfrentar y resolver, todo aquello que amenace la paz interior y atente contra la seguridad y libertad de los mexicanos.
Las facultades y funciones de la Secretaría de Gobernación son múltiples. Claramente se precisan en el Artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que consta de 43 fracciones, de las cuales, en apretada síntesis, se pueden citar las siguientes :
XII. Formular y ejecutar las políticas, programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad pública de la Nación y de sus habitantes; proponer al Ejecutivo Federal la política criminal y las medidas que garanticen la congruencia de ésta entre las dependencias de la Administración Pública Federal; comparecer cada seis meses ante las comisiones de Gobernación y de Seguridad Pública del Senado para presentar la política criminal y darle seguimiento cuando ésta se apruebe o se modifique; coadyuvar a la prevención del delito; ejercer el mando sobre la fuerza pública para proteger a la población ante todo tipo de amenazas y riesgos, con plena sujeción a los derechos humanos y libertades fundamentales; salvaguardar la integridad y los derechos de las personas; así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos;
XIII. Presidir el Consejo Nacional de Seguridad Pública en ausencia del Presidente de la República;
XVIII. Auxiliar a las autoridades federales, estatales, municipales y del Distrito Federal competentes, que soliciten apoyo en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en la protección de la integridad física de las personas y la preservación de sus bienes; reforzar, cuando así lo soliciten, la tarea policial y de seguridad de los municipios y localidades rurales y urbanas que lo requieran, intervenir ante situaciones de peligro cuando se vean amenazados por aquellas que impliquen violencia o riesgo inminente; promover la celebración de convenios entre las autoridades federales, y de éstas, con las estatales, municipales y del Distrito Federal competentes, en aras de lograr la efectiva coordinación y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el combate a la delincuencia; así como establecer acuerdos de colaboración con instituciones similares, en los términos de los tratados internacionales, conforme a la legislación;
XX. Proponer al Consejo Nacional de Seguridad Pública el desarrollo de políticas orientadas a prevenir el delito y reconstituir el tejido social de las comunidades afectadas por fenómenos de delincuencia recurrente o generalizada, y aplicarlas en coordinación con las autoridades competentes federales, estatales y municipales.
XXVI. Establecer y operar un sistema de investigación e información, que contribuya a preservar la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano así como contribuir en lo que corresponda al Ejecutivo de la Unión, a dar sustento a la unidad nacional, a preservar la cohesión social y a fortalecer las instituciones de gobierno.
Son enormes las responsabilidades del Secretario de Gobernación. Lo ocurrido a los normalistas, así como la masacre de los militares, evidencian fallas de la institución a su cargo.
No está solo. Dispone de sistemas de vigilancia e información. En cada entidad federativa, cuenta con un delegado o representante, que le debe informar sobre cualquier evidencia de hechos, o conductas, que amenacen la paz interior.
El crímen organizado, la corrupción de las corporaciones policiacas. La confabulación entre criminales y políticos, es inconcebible que pasen desapercibidos. Si el titular de la Secretaría de Gobernación, Miguel Angel Osorio Chong, hiciese su tarea, cabalmente, hechos como los de Iguala, Guerrero y Tlataya, Estado de México, no hubiesen ocurrido. Pero, evidentemente, quizás ni siquiera ha detectado los síntomas de descomposición del Estado de Derecho Mexicano. Sumamente lamentable.
gil_lavenants@hotmail.com
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