* Comisión Instructora será integrada por los Diputados Julio Felipe García, Ricardo Magaña, Gregorio Carranza, Marco Vizcarra y David Lozano.
* “En el Poder Legislativo no hay espacio para la impunidad, se investigará con total transparencia”: García Muñoz.Mexicali B.C.- El Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad la procedencia del juicio político en contra de la Sindico de Tijuana, Yolanda Enríquez de la Fuente, y nombró a los integrantes de la comisión instructora que determinará si existen o no responsabilidades por parte de la funcionaria pública, que podría llevar a su inhabilitación y destitución del cargo, en caso de resultar responsable sobre el supuesto encubrimiento a favor de 15 policías municipales de Tijuana.
“En el Poder Legislativo no hay espacio para la impunidad, nuestra responsabilidad es investigar con total transparencia, ahora como presidente de la Comisión Instructora mi responsabilidad es rendirle cuentas a los bajacalifornianos de que no se le dará carpetazo al tema”, sentenció el Diputado Julio Felipe García.
El también Presidente de la Comisión Jurisdiccional de la XX Legislatura, dio lectura al dictamen aprobado por este órgano legislativo, donde determinó que existen los elementos necesarios para someter a consideración del pleno la procedencia del juicio político a la Sindico Procuradora de Tijuana.
Luego de que se autorizó la procedencia de la solicitud de juicio político, la Asamblea aprobó la propuesta de la Junta de Coordinación Política para integrar la Comisión Instructora que será la responsable de dictaminar la procedencia penal de la servidora pública, quien fue denunciada por el regidor tijuanense, Erwin Areizaga Uribe.
Esta comisión estará integrada por los Diputados Julio Felipe García Muñoz como Presidente, Ricardo Magaña Mosqueda como Secretario, además de los Legisladores, Gregorio Carranza Hernández, Marco Antonio Vizcarra Calderón y David Lozano Pérez, quienes serán los encargados de determinar si existen los elementos para destituir e inhabilitar a la Sindico de Tijuana de su cargo.
De acuerdo al artículo 93 de la Constitución Política del Estado, será necesario que con al menos las dos terceras partes del número total de sus miembros, se erigirá en Jurado de Sentencia una vez practicadas las diligencias correspondientes con audiencias del acusado, emitirá el fallo correspondiente tomado por acuerdo de las dos terceras partes del número total de diputados. En ese caso no votarán quienes hayan integrado la Comisión Instructora.
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