* Legislador acusa al ex gobernador y al actual mandatario de tráfico de influencias para favorecer a la transnacional.
Por Roberto Garduño (La Jornada)
MEXICO.- La próxima semana la Procuraduría General de la República (PGR) recibirá la demanda del Congreso Federal para iniciar de inmediato la investigación por tráfico de influencias contra el ex gobernador de Baja California, Eugenio Elorduy Walther y del actual mandatario local, José Guadalupe Osuna Millán, quienes participaron en expropiaciones y sus respectivas derogaciones, en el predio conocido como El Monumento, con objeto de favorecer a la trasnacional Sempra Energy.
A través de un punto de acuerdo de urgente y obvia resolución que presentará ante el pleno de la Cámara de Diputados –del que se tiene copia-, el legislador Juan Carlos Regis Adame también exige al Congreso de la Unión “solicite institucionalmente y con base en las Leyes en materia de transparencia, a José Guadalupe Osuna presente un informe detallado de todas las erogaciones que se han realizado y si es el caso aquellas que estén por realizarse, por concepto de indemnizaciones a todas las personas que supuestamente poseían predios en El Monumento, ubicado en la Delegación Playas de Tijuana del Municipio de Tijuana. El informe habrá de contener tanto los importes como el nombre de los beneficiarios de los pagos.”
La propuesta también contiene la demanda al Congreso de la Unión para que determine, con base en la normatividad aplicable y las pruebas existentes, si es procedente la instauración de un juicio penal, un juicio político o de otra naturaleza en contra de Eugenio Elorduy Walther, por su participación directa en beneficio de la empresa Sempra Energy y en perjuicio de su competidora Marathon Oil.
Proceso viciado
El 5 de agosto del año 2002, la empresa Gas Natural de Baja California presentó ante la Comisión Reguladora de Energía (CRE) una solicitud de permiso de almacenamiento de gas natural en la Delegación Playas de Tijuana. El proyecto, fue respaldado financieramente y con la asistencia, capacidad técnica y operativa de la empresa Marathon Oil Company.
Tenían por objeto la construcción de un sistema de almacenamiento y transformación de GNL, y contaba con un muelle rompeolas de mil 200 metros, instalaciones portuarias con capacidad de carga de 75 mil 000 toneladas, un fondeadero para recibir buques que transportaran Gas Natural Licuado (GNL), muelle con tres brazos de descarga; tuberías con aislamiento criogénico para la conducción del GNL, instalaciones de bombeo, vaporizadores para la transformación del GNL en gas natural, e instalaciones para el punto de interconexión con otro sistema.
La solicitante, procedió a entregar a la Comisión Reguladora de Energía la información para evaluar la viabilidad del proyecto. Estudio de Mercado, en el Estado de California, EEUU, y la parte Norte del Estado de Baja California, México, realizado por Purvin & Gertz, Inc.; Estudios geológicos y de viabilidad del terreno, llevados a cabo por “The American Bureau of Shipping” (ABS Consulting); Estudios sobre las instalaciones marinas realizados por “Scientific Marine Services” (SMS); Estudios e ingeniería preliminar de los tanques de almacenamiento y equipos de vaporización, y estructuras de acero llevados a cabo por “Chicago Bridge & Iron, Co.” (CB&I); Estudios sobre riesgos y consideraciones de seguridad industrial en la Planta de GNL, entre los que se cuentan: riesgos relacionados con la ubicación de la Planta de GNL, situaciones hipotéticas de derrames e incendios de GNL, análisis de radiación térmica y dispersión de vapores inflamables, realizados por CB&I.
Y, adicionalmente presentó, entre otros requisitos, información relativa a aspectos geológicos y sísmicos, mediante el documento denominado “Evaluación preliminar de los movimientos del suelo y la presencia de fallas activas en la instalación de GNL en Baja California, área de Rosarito en la Costa de Baja California”, mismo que contenía los requisitos básicos de las instalaciones portuarias, el análisis meteorológico del sitio propuesto para la ubicación de la planta y la descripción detallada de los estudios de ingeniería oceanográfica de la Costa, que necesarios para el diseño de las instalaciones portuarias.
Además la solicitud había sido previamente aprobada por la Comisión Federal de Competencia (CFC) mediante oficio SE-10-096-2003-013 del expediente AD-102-2002, a través de una Resolución que indicaba lo siguiente: “…a reserva que se defina la empresa que participará como Comercializadora en el Proyecto los términos en los que se establezca dicha participación se emite opinión favorable a Gas Natural de Baja California S. de R. L. de C. V., respecto al permiso objeto del aviso presentado a esta Comisión, ya que no se perciben riesgos a la competencia derivados de su autorización.”
Así la Comisión Reguladora de Energía procedió al análisis de la información contenida en el proyecto, y considerando que la solicitante cubría plenamente todos los requisitos exigidos por la normatividad para este tipo de instalaciones, y habiendo manifestado que el proyecto tendría un impacto favorable en el desarrollo económico en la región Noroeste de México y zonas circunvecinas -a las cuales abastecería de gas natural, lo que a su vez contribuiría al desarrollo de plantas de energía eléctrica que permitieran sustituir el uso de combustibles supuestamente más contaminantes, mejorándose con ello la competitividad de otras industrias que emplearan este energético-, procedió a emitir el 30 de abril de 2003, la resolución RES/074/2003 fue favorable a Gas Natural de Baja California. Y le solicitó que presentara antes del inicio de operaciones el documento suscrito con Marathon Oil Company, donde ésta se comprometía a proporcionar la asistencia técnica al sistema de almacenamiento, con una duración de al menos cinco años.
Y fue en ese momento del proceso que Eugenio Elorduy Walther, entonces Gobernador de Baja California, intervino evitar que Marathon Oil, Co. se instalara en Tijuana porque ponía en riesgo una multimillonaria inversión para instalaciones similares de regasificación en el vecino municipio de Ensenada, por parte de la empresa Sempra Energy, con la cual se encontraba relacionado.
De tal forma publicó Acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, con fecha 27 de febrero de 2004, en el cual se determinaba la expropiación, a favor del Poder Ejecutivo del Estado, de una superficie de 998 mil 773 mil 178 metros cuadrados, conformada por diversos predios, y ubicada en el polígono denominado El Monumento. Esos terrenos, se dijo serían para la regularización de la tenencia de la tierra y destinados a vivienda popular de grupos sociales de escasos recursos.
Con la misma fecha también se expropió una superficie de 7 millones 479 mil 348 metros cuadrados del mismo predio rústico El Monumento que según el acuerdo expropiatorio se destinarían a la creación de áreas y terrenos propios de la industria, vivienda, comercio, industria turística, equipamiento, infraestructura y reservas territoriales.
Detrás de esa determinación gubernamental, que obstaculizó el proceso aceptado por las autoridades federales que concedieron la autorización a Gas Natural de Baja California y a Marathon Oil, se descubrió que Eugenio Elorduy y su hija Erika Elorduy Blackaller eran socios de Sempra Energy, a la que finalemente beneficio mediante un decreto oficial, y tenidendo como intermediaria a la empresa Próxima Gas, que una vez concretado el tráfico de influencias fue absorbida por Sempra.
Eugenio Elorduy Walther poseía una participación accionaria en la empresa Próxima Gas, S. A. de C. V., e incluso se constituyó en fiador para el otorgamiento de un crédito en proporción a su participación accionaria en dicha empresa.
Dicha evidencia se encuentra asentada en la Escritura 30,713 Vol. 563 (9) Cláusula Tercera, expedida por el Lic. Fernando Díaz Ceballos, Notario Público número 4 de Mexicali, B. C.
Desde su origen Próxima Gas, S. A. de C. V. Mantuvo importantes vínculos de negocios con Sempra Energy, incluso se aliaron para la gestión de diversos trámites ante las autoridades nacionales. Asi Próxima Gas, S. A. de C. V. creo a otras empresas, como DGN Servicios S. de R. L. de C. V., que fue posteriormente comprada por Sempra Energy en 32 millones de dólares, estando sobrevaluada solo en 9 millones de dólares como constaba en su valor en libros, como ha documentado el ex contralor de Sempra, Rodolfo Michelon.
Sempra Energy, aliada y posteriormente propietaria de Próxima Gas, disolvió a ésta para emprender el cuestionadisimo proceso de instalación de la planta regasificador Costa Azul, en el que Elorduy Walther también participó para favorecer los intereses de la trasnacional, como ya se ha documentado con profusión.
En ex gobernador Eugenio Elorduy se convirtió en amigo de Sempra Energy, pasó de socio de la empresa que fue adquirida por la trasnacional para darle viabilidad a su participación en México, también se desempeñó como Gobernador del Baja California, y su hija Erika aparece como apoderada legal de Distribuidora de Gas Natural de Mexicali la cual forma parte de Sempra.
Así, el Congreso Federal demandará a la autoridad federal que inicie de inmediato la investigación penal por tráfico de influencias contra Eugenio Elorduy
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