Por Gilberto Lavenant
El jueves 10 de mayo, bajo el título de “La justicia demorada”, comentaba aquí, en Palco de Prensa, el caso insólito del Juez Primero de lo Civil de Tijuana, Lic. Carlos Cruz Rojas, suspendido por el Tribunal Superior de Justicia del Estado, debido a que incurrió en una grave conducta : se le acumularon aproximádamente 300 sentencias definitivas y 47 sentencias interlocutorias, sin dictar, todas fuera del término.
El columnista decía entonces que cuando se habla de administración de justicia, siempre sale a relucir el precepto de que debe ser pronta y expedita, establecido en la propia Constitución General de la República, en el Artículo 17. Pero observaba que también surge la sentencia que advierte que justicia demorada, no es justicia, sino injusticia.
Señalaba que este caso resultaba absurdo, pero cierto. Comentaba que, dada la enorme cantidad de sentencias sin dictar, que probablemente el juzgador se encerraba en su privado a dormir o a “chatear” en la computadora. Que no se explica o no se encuentra justificación a tal demora. Que simple y sencillamente no hay justificación alguna.
Señalaba entonces que la omisión en el dictado de sentencia definitvas, respecto a 300 juicios concluídos, no ocurrió en un par de meses de “labores” del juzgador. Que tales incumplimientos se acumularon y detectaron desde el 16 de julio del 2010, en que se le efectuó la primera de cuatro revisiones, hasta el 17 de enero del 2012.
Observaba que esto dió lugar a que se le iniciara un procedimiento administrativo, a fin de fincarle responsabilidades, y el 27 de abril del año en curso, conforme a acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado, se procedió a suspenderlo en su carácter de juzgador y se designó a un sustituto provisional.
La suspensión fue por un período de 3 meses, en tanto concluía el procedimiento administrativo, plazo éste que concluía hasta el 27 de julio próximo. Sin embargo, Cruz Rojas interpuso amparo en contra de dicha suspensión, alegando que se violaron sus garantías individuales.
Aunque parezca aberrante, se salió con la suya, se dejó sin efectos la suspensión y el 7 de junio se regresó a su chamba, en atención la suspensión de los actos en su contra, que le concedió el juez de amparo.
Tranquilo y muy digno, el Juez cesado, Cruz Rojas, regresó a “laborar” muy digno a su puesto, riéndose cínicamente de sus superiores y de los justiciables, así como de los abogados que promueven en el tribunal a su cargo, a seguir haciendo lo que acostumbra hacer : nada.
Sabedores de dicha resolución, miembros de una organización de abogados, colocaron una manta en el cerco perimetral del edificio del Poder Judicial en Tijuana, con la siguiente leyenda : El Colegio de Abogados “Ignacio Burgoa O.”, A.C., expresa su profundo repudio a la actuación del C. Lic. Carlos Cruz Rojas Juez Priumero de lo Civil, exhortándole a renunciar a su pretensión de continuar en el cargo, dada la flagrante violación de los derechos humanos en que ha incurrido en agravio de los justiciables por su reiterada conducta en perjuicio de una justicia pronta y expedita, prevista en el Artículo 17 de nuestra Constitución. Tijuana, B.C., a 4 de Junio del 2012”.
El caso es que la manta no bastó para que el funcionario ineficiente recapacitara y tuviera la dignidad de renunciar al cargo. Sin embargo, ningún otro colegios de abogados se adhirió a la protesta. Y luego se quejan por el tipo de autoridades que se tienen.
Pues bien, toda vez que el jueves 28 de este mes, está programada la audiencia en que el Juez Quinto de Distrito en el Estado, dentro del Juicio de Amparo Número 207/2012, determinará si otorga o niega la protección de la Justicia de la Unión al Juez Cruz Rojas, en relación con la suspensión del cargo judicial que ocupa, dictada por el Consejo de la Judicatura, el lunes 25, o sea al inicio de ésta semana, el Lic. Juan Salcedo Bravo, Presidente del Colegio de Abogados “Ignacio Burgoa O.”, A.C., presentó un Amicus Curiae, o sea amigos de la corte, reclamando que no se conceda el amparo al juez civil que, con el incumplimiento de sus funciones, al no dictar las sentencias y acuerdos en los términos legales previstos para ello, ha violado las garantías individuales de los justiciables.
Podría decirse que ésta es la segunda ocasión que en Baja California se plantea un Amicus Curiae. La primera fue en el caso del cese del Lic. Daniel Solorio Ramírez como maestro de la Escuela de Derecho de la UABC, Sección Mexicali.
La institución Amicus Curiae, dentro de nuestro sistema jurídico, constituye apenas una propuesta reformatoria que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha recogido de una consulta nacional que finalizó el 11 de septiembre de 2006 y que sintetizó el sentir de los juristas nacionales, cuyas inquietudes y propuestas quedaron finalmente materializadas en dos documentos llamados: El Libro Blanco de la Reforma Judicial y ”33 acciones para una Reforma Judicial”, que arropan, junto con otros temas de sumo interés y trascendencia, la figura Amicus Curiae, para ser eventualmente incorporada a nuestro orden jurídico.
Esta figura jurídica, novedosa en México, ha permitido la participación de la sociedad en la administración de justicia, anticipándose a su incorporación en nuestro derecho positivo, y algunos grupos organizados han ejercitado ya este derecho unilateral de comparecer en calidad de amigos de la corte, en aquellos procesos judiciales en que se dirimen o resuelven asuntos de alto impacto social e interés público, con el solo propósito de aportar opiniones doctrinarias y académicas, sin efecto vinculatorio alguno, pero si con la noble intención de abonar a que las determinaciones que emiten los juzgadores tengan como referencia el contexto social en que el conflicto constitucional se encuentra incidiendo.
De manera concreta, los abogados solicitan al Juez de Amparo que no proteja al juez incumplido. Ampararlo, para que no sea cesado, es premiar la ineficiencia. Están en espera de la respuesta a esta solicitud de los amigos de la justicia. Casos como éste, hacen que la justicia sea lenta y torpe.
gil_lavenants@hotmail.com
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