lunes, 25 de septiembre de 2023

Ajedrez Político: Por millonarias irregularidades rechazan cuenta pública 2021 a CESPT

* ELIEL ALEJANDRO VARGAS, ELÍ TOPETE, JUAN PABLO GUERRERO Y GONZALO LÓPEZ FUERON DIRECTORES ESE AÑO.

* NO SE JUSTIFICA LA CONTRATACIÓN DE FISAMEX Y EL PAGO DEL 20% DE COMISIÓN.

Por Sergio Anzures.

En el 2021 los directores de la CESPT fueron: Eliel Alejandro Vargas Pulido del primero de enero al 24 de agosto; Elí Topete Robles del 25 de agosto al 31 de octubre; Juan Pablo Guerrero Mercado del primero al seis de noviembre y Gonzalo López López del siete de noviembre al 31 de diciembre del 2021, a quienes la Auditoría Supieror del Estado les detectó millonarias irregularidades durante la gestión.

De ahí que en el Congreso Local, no se aprobó la cuenta pública 2021 de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (Cespt), derivado de las inconsistencias detectadas por la Auditoría Superior del Estado (AseBC).

No obtuvo la autorización del Congreso del Estado y no informó a la Auditoría Superior del Estado, la formalización de siete contratos plurianuales celebrados en ejercicios anteriores, mismos que amparan erogaciones efectuadas en el 2021 por 270 millones 108 mil 753 pesos.

De la revisión de las Cláusulas establecidas en el Contrato Administrativo de Prestación de Servicios celebrado con una Empresa (Fisamex)

en fecha 4 de enero de 2021, por concepto de consumos de agua a usuarios comerciales e industriales y determinación de posibles volúmenes irregulares para su cobro, efectuando erogaciones por un importe de $63’238,071, se observa que el contrato y minuta de Comité Técnico, no mencionan la justificación que permita conocer y en su caso, confirmar el motivo por el cual se determinó que el pago, fuera del 20% de la recaudación sobre las cantidades recuperadas de los adeudos de las cuentas objeto del mismo.

De conformidad con los artículos 58 y 62 fracciones I y IV del Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana, publicado el 7 de julio de 2017 y vigente al 8 de julio de 2021, la Subdirección de Administración de Recursos a través del Departamento de Bienes y Servicios son quienes deben de administrar de forma diligente y transparente, los recursos materiales y servicios requeridos por la CESPT y con la debida delegación de facultades otorgadas por el Director de la CESPT, presidir el Comité de Adquisiciones y Subcomité de Adquisiciones, respectivamente; así como, de conformidad con lo establecido en los artículos 34 y 40 fracciones II y III, la Subdirección de Atención a Usuarios por medio del Departamento de Cobranza deberá ejecutar la acciones de cobranza preventiva y correctiva con personal de la CESPT, y supervisar que se lleven a cabo las acciones de cobranza encomendadas a empresas externas, además de llevar a cabo las acciones necesarias para la recuperación de ingresos de usuarios que presentan atraso en sus pagos, adicionalmente en apego a lo establecido en el artículo 29 fracción I del citado Reglamento, la Unidad Jurídica de la Entidad deberá atender todo tipo de asunto legal o procedimiento administrativo que derive o sea relativo a la operación de la CESPT.

Incumpliendo con lo establecido en los artículos 14 y 14 Bis del Código Fiscal del Estado de Baja California; 21 párrafo segundo de la Ley de las Comisiones Estatales de Servicios Públicos del Estado de Baja California, 18 de la Ley que Reglamenta el Servicio de Agua Potable en el Estado de Baja California y 62 de la Ley de las Entidades Paraestatales del Estado de Baja California y 100 primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California.

De 17 expedientes de usuarios que realizaron convenio de pago por un monto de 39 millones 267 mil 109 pesos, se observa la falta de acciones de cobranza debido a que presentan atrasos de hasta 48 mensualidades.

Realizaron pagos de gratificaciones a favor de dos exempleados por 155 mil 955 pesos sin fundamento legal que lo ampare, así como de indemnizaciones amparadas con convenios de mutuo acuerdo de terminación laboral a favor de nueve exempleados por 748 mil 586 pesos.

En 22 casos, pagó un monto de dos millones 799 mil 395 pesos por concepto de vacaciones no disfrutadas en ejercicios anteriores, a pesar que en la legislación aplicable los periodos de vacaciones en ningún caso serán compensados con el pago de un salario doble.

La paraestatal adjudicó dos contratos por 32 millones 550 mil pesos por concepto de operación, conservación y mantenimiento de tres plantas de tratamiento de aguas residuales y seguridad privada, observándose que no presentó las pólizas de fianza por 4 millones 882 mil 500 pesos a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones pactadas en los mismos.

Además de los contratos de prestación de servicios celebrados con proveedores (Stratimex) por concepto de recuperación de cartera vencida por 151 millones 739 mil 641 pesos, se obtuvo que no se justifica el motivo por el cual se determinó que el pago fuera del 15 y 25 % de la recaudación sobre las cantidades recuperadas.

Se realizaron pagos en exceso por un millón 376 mil 625 pesos por trabajos no ejecutados en un contrato de obra pública; además, pagos en exceso en pruebas de control de calidad y planos de obra terminada por un monto total de 34 mil 192 pesos en dos contratos de obra pública.

También pagos en exceso por 60 mil 169 pesos por 57 piezas de medidores no instalados en un contrato de obra pública.

A 28 usuarios se les facturó y cobró de menos un importe de 278 mil 620 pesos derivado de la aplicación de la tarifa de cobro para “uso residencial” debiéndose utilizar la correspondiente a “uso comercial e industrial”.

A 10 usuarios se les facturó de menos 120 mil 384 pesos, derivado de la aplicación de la tarifa de cobro para “uso residencial”. debiendo utilizar la de uso “comercial industrial”.

Se efectuaron pagos a un proveedor por tres millones 506 mil 388 pesos por la adquisición de tubería de acero, sin proporcionar evidencia documental que acredite la recepción de los insumos adquiridos.

En fecha 22 de enero del 2021 la CESPT celebró “convenio marco de reconocimiento de adeudo y compromiso de pago con el Issstecali en el cual reconoce adeudar a esa fecha 188 millones 951 mil 120 pesos.

Al respecto, se observó: falta de documentación original que demuestra la entrega del pago, así como la expedición de los comprobantes fiscales digitales; efectuó erogaciones por 19 millones 175 mil 922 pesos por recargos generados por el incumplimiento en el pago de cuotas y aportaciones.

La cuenta pública 2021 de la CESPT fue rechazada en el pleno del Congreso y la Auditoría Superior del Estado continúa con las acciones promovidas por las observaciones realizadas.

Presiona la imagen y...

Presiona la imagen y...

--------------

Ahora síguenos vía email, ¡Suscríbete!




No hay comentarios:

Publicar un comentario