Por Gilberto Lavenant
Wilkipedia, la llamada enciclopedia libre, en internet, explica que una marca registrada, en inglés trademark, “…es cualquier símbolo registrado legalmente, para identificar de manera exclusiva uno o varios productos comerciales o servicios”. Indica que suele mostrarse de forma abreviada con los iconos ™, M.R. o ®, aunque esto no es indicativo del registro de la marca ante la autoridad competente.
Observa que el símbolo de una marca registrada, puede ser una palabra o frase, una imagen o un diseño, y el uso del mismo para identificar un producto o servicio sólo le está permitido a la persona física o jurídica que ha realizado el registro de dicha marca o la que esté debidamente autorizada por quien la ha registrado.
Una marca registrada determina la identidad gráfica, física u operativa de un producto o servicio. Incluye elementos gráfico-visuales propios que diferencian el artículo de sus competidores, proporcionándole cierta identidad en el sector comercial. Además, se trata de una identidad registrada, protegida por las leyes correspondientes que puede utilizarse con exclusividad.
En la industria farmacéutica, la marca se le denomina nombre comercial, ya que es el nombre que identifica el medicamento de un determinado laboratorio farmacéutico. El nombre comercial es muy distinto al nombre del principio activo del medicamento en cuyo caso se le denomina nombre genérico o denominación común internacional. Algunos laboratorios fabricantes de productos genéricos utilizan como nombre comercial el nombre del “principio activo” seguido del nombre de su laboratorio.
Se le llama “marca registrada”, al hecho de que una denominación, imagen o presentación de un producto o servicio, es de uso exclusivo de quien solicitó su registro. En caso de que un ajeno la utilice para prtoductos diversos o sin la autorización previa de quien tiene la exclusividad, al ser primero o el único en solicitar su registro y por lo tanto titular de la marca registrada, da derecho a exigir el pago de regalías respecto a la comercialización y usufructo del producto cuya denominación o presentación ha sido registrada.
Esto se utiliza con muchas frecuencia en el campo artístico. Imaginen nada más el problema : una mujer desconocida, se empieza a presentar en eventos diversos bajo el nombre de Thalía y al anunciar su presentación, sin la foto de la persona, pues de inmediato se piensa que se trata de la artista tan conocida. Para evitar este tipo de engaños, se registra el nombre y en caso de que aparezca una presunta usurpadora, pues de inmediato se le hacen las reclamaciones legales correspondientes.
Cabe observar que la mayoría de los artistas, hombres y mujeres, realmente no se llaman como se les conoce. Muchas veces sus verdaderos nombres son pésimos, incongruentes con la imagen personal. Por ello recurren al uso de “nombres artísticos”. Cuando logran la fama, en ocasiones con enormes dificultades y sacrificios, pues no es correcto, que cualesquiera venga y pretenda proyectarse bajo un nombre ya sumamente publicitado.
Esto también ocurre con los grupos artísticos. Ya famosos, se desintegran y alguno de sus integrantes, sabedor de estas cosas, registra el nombre del grupo a nombre de sí mismo, y solo él, puede seguir utilizando el nombre registrado. Los demás, tienen que inventar otro nombre, totalmente distinto. Es como volver a empezar.
Seguro se han de preguntar el por qué de la referencia sobre la llamada marca registrada. El caso es que el precandidato panista a la Presidencia de la República, Ernesto Cordero Arroyo, quizás pensando que con la promoción que habrá de recibir con esta contienda electoral interna, se va a convertir en un “producto” sumamente publicitado, y si no se pone listo, cualquiera lo va a aprovechar para diversos fines y él no lo va a poder impedir.
Obviamente resulta ridículo, absurdo y exagerado. Pero es cierto. Bueno, al menos así lo publicó el periódico capitalino Reforma. El martes 16 de agosto del año en curso, publica una nota alusiva en la Página 2, en la parte superior derecha, a dos columnas, bajo el título : “Tiene Cordero marca y plan para campaña”. Seguro que pasó desapercibido para muchos. No se supo de reacción alguna al respecto.
En la misma se observaba que aún cuando Ernesto Cordero no era candidato, todavía era Secretario de Hacienda, pero que ya había registrdado su marca y su plan de campaña. Bueno, para ser más explícitos, su supuesta “marca registrada”, en realidad su nombre : “Ernesto Cordero Arroyo”.
Se dice que Cordero, por conducto de apoderado legal, solicitó ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual, cuatro registros de la “marca” : “Ernesto Cordero Arroyo”. Esto el pasado 8 de julio, según los expedientes 1193246, 1193247, 1193248 y 1193249. A partir de dicho registro, solamente el precandidato panista podrá utilizar la “marca registrada” : “Ernesto Cordero Arroyo”.
La nota indica que el registro, como marca, del nombre del entonces Secretario de Hacienda, es para que pueda ser utilizado en productos de imprenta, campañas publicitarias, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales, así como servicios de seguridad para la protección de personas, servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer necesidades individuales.
Por si fuese poco, adicionales a esos 4 registros, uno de los allegados de Cordero, solicitó otros 16 registros de marcas nominativas, asociados con el nombre del panista, tales como “Unidos con Ernesto”, “Uni2 con Ernesto”, “Unidos con Cordero” y “Uni2 con Cordero”.
No se rían, el panista está en todo su derecho de ser precavido. Puede pasar que alguien haga negocios, utilizando su nombre. Como, por ejemplo, editar un libro con el título : “Las “cantinfleadas” de Cordero” o “Las frases celebres de Cordero”. Así mismo, podrían “clonarlo” y promover a la candidatura presidencial a un Cordero que no sea el Cordero real. Un fraude, fraudeado, sería el colmo de los colmos. Así es que ya saben, el precandidato, es “Marca Registrada”. No se puede usar por nadie, sin previo permiso.
gil_lavenants@hotmail.com
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