Por Gilberto Lavenant
Hoy lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, caminará sobre el filo de la navaja, para dirimir una vieja controversia, en torno al aborto, generada por quienes se pronuncian en contra de privar de la vida a un nuevo ser, prácticamente a partir de su concepción, en cuya posición se ubica a la iglesia, al PAN y a los grupos conservadores, y en el sentido contrario, a quienes reclaman el derecho de la mujer a determinar la posibilidad de suspender el embarazo e incluso recurrir al aborto, en casos de embarazos no deseados, como ocurre en casos de violación, de cuyo lado se ubican a los partidos de izquierda como el PRD y PT, así como los defensores de los derechos humanos.
El tema no es nuevo y es de una enorme trascendencia. Se dice que impulsados por los legisladores panistas, principalmente, desde 1989 se inició toda una campaña para establecer disposiciones jurídicas antiabortivas, al grado de que actualmente en 17 entidades federativas “protegen la vida desde la concepción-fecundación” y con ello se penaliza al derecho de las mexicanas al aborto.
Por una parte, el Código Penal para el Estado de Baja California, publicado en el Periódico Oficial Número 23, de fecha de 20 de Agosto de 1989, precisó que “aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”, estableciendo, que “…a la mujer que se procure el aborto o consienta en que otro la haga abortar, se le impondría de uno a cinco años de prisión”.
Considerando al aborto, como un homicidio, se agrava, al establecer en el Artículo 127 del citado ordenamiento jurídico, que “…Al que dolosamente prive de la vida a cualquier ascendiente o descendiente consanguíneo en línea directa, o a su hermano, con conocimiento de ese parentesco, se le impondrá de veinte a cincuenta años de prisión”.
De ese tamaño es el riesgo y la gravedad de la condición penal que enfrentaría una mujer en caso de aborto. Y si bien es cierto que ya desde entonces consideraba el aborto legal o no punible, en casos de conducta culposa de la embarazada, o sea causado por mero accidente, por violación, o terapéutico, cuando corra peligro la vida de la mujer embarazada.
Por otra, una reforma a la Constitución local, aprobada por la Legislatura Estatal el 23 de octubre de 2008, en el Artículo 7 tuteló “…el derecho a la vida, al sustentar en que desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural o no inducida”.
No se contempló, para nada, la posibilidad de que una mujer que se embarazaba, por simple descuido, que enfrentaba condiciones económicas críticas, que carecía de posibilidades y medios para darle los cuidados necesarios y la atención pertinente al producto de la concepción, pudiese recurrir al aborto, a fin de no agravar aún más sus condiciones de vida, pues en caso de hacerlo, será tratada como la peor de las criminales, al sancionarla hasta con 50 años de prisión.
Este día, la Suprema Corte de Justicia iniciará la discusión en torno a acciones de constitucionalidad promovidas para declarar anticonstitucionales las disposiciones jurídicas de Baja California y San Luis Potosí, al considerar que contravienen la Constitución Federal y menoscaban derechos de las mujeres. La acción de inconstitucionalidad 11-2009, fue interpuesta por la Procuraduría de los Derechos Humanos de Baja California, y la 61/2009, por los diputados del Congreso de San Luis Potosí.
La elaboración del proyecto de resolución, en ambos casos, están a cargo del ministro Fernando Franco, quien ya reveló que propone invalidad o dejar sin efectos las reformas constitucionales de Baja California y San Luis Potosí, con lo que decenas de mujeres, prisioneras por la supuesta comisión del delito de aborto, pudiesen recuperar su libertad.
De manera especial, se observa en los sendos proyectos de resolución, que la protección absoluta de la vida prenatal, establecida en ambas constituciones, es violatoria de la dignidad y los derechos fundamentales de las mujeres, en particular de su libertad reproductiva.
Estas acciones de inconstitucionalidad son las primeras impugnaciones que analizará el pleno de la Corte, respecto de una serie de reformas legales aprobadas por las entidades federativas para criminalizar el aborto, tras la despenalización que aprobó recientemente la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, y que validó el máximo tribunal.
Obviamente que los sectores conservadores del país, representados por la iglesia y legisladores del Partido Acción Nacional, principalmente, han puesto el grito en el cielo ante la posibilidad de que se dé paso a la despenalización al aborto en todo el país, a fin de que la mujer pueda ejercer libremente su derecho a la concepción, sin riesgo de ir a prisión.
Por su parte, los grupos de defensores de derechos humanos, así como activistas políticos de partidos de izquierda como PRD y PT, se han concentrado este día en el Distrito Federal, en espera de que la resolución de la Suprema Corte de Justicia, sea precisamente en los términos revelados.
Lo ideal, es que todos los embarazos fuesen deseados y programados. Lamentablemente, además de los casos especiales, producto de violaciones o condiciones de riesgo de salud de las mujeres embarazadas, la crisis económica, así como la irresponsabilidad paterna, tiene contra la pared a muchas mujeres, que pueden pasar el resto de su vida en la cárcel, ante la posibilidad de un aborto.
Las condiciones socioeconómicas que enfrentan actualmente los mexicanos, obligan a reflexionar sobre temas como el del aborto, a fin de optar por la solución que evite más injusticias. La vida de todo nuevo ser, es sumamente importante, pero traerlo al mundo, bajo condiciones de pobreza, inseguridad, también resulta criminal.
gil_lavenants@hotmail.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario