*Inicia investigación Congreso de la Unión
*Protagonista principal de mayúsculo caso de corrupción en Baja California
*Lo acusan de gestionar y obtener autorización para instalar planta regasificadora en Ensenada
*Que construyó el Corredor 2000, para instalar ductos mediante los que Sempra abastece de gas a California
*La operación de Sempra, sumamente nociva para la salud de bajacalifornianos
Por Gilberto Lavenánt
TIJUANA, B.C.- El exgobernador panista, Eugenio Elorduy Walther, fue denunciado esta semana como protagonista principal de mayúsculo caso de corrupción en Baja California, mediante el cual fue instalada una planta regasificadora en Ensenada, con la anuencia o complicidad del expresidente Vicente Fox, ejerciendo tráfico de influencias y violando todo tipo de leyes federales, estatales y municipales, que lo prohiben, y en base a lo cual dicha empresa ostenta el monopolio del almacenamiento y distribución de gas en la entidad y desde donde abastece de gas al sur de California.Entre otras cosas, se le acusa de que construyó la vialidad conocida como Corredor 2000, no para beneficiar a los bajacalifornianos, sino para colocar, en medio de dicha vía, un gasoducto por medio del cual Sempra envía, desde Ensenada, el gas que abastece al sur de California. Empresa de la cual, se dice, es socio, representado por su hija Érika Elorduy Blackaller, accionista principal de la empresa Distribuidora de Gas Natural de Mexicali, S. de R.L. de C.V.
Asٳ mismo, se advierte que dicha vialidad, realizada con recursos federales y estatales, que se dijo costaría 650 millones de pesos, finalmente, cuando la inauguró FOX, se aceptó que la carretera había costado 2 mil 400 millones de pesos, casi cuatro veces más de lo programado inicialmente, por lo que habrá de revisarse dicha obra.
Si bien es cierto que en diversas ocasiones se ha hablado de este asunto, y en su oportunidad, tanto Elorduy, como Sempra Energy, han negado las acusaciones, lo transcendte ahora es que la denuncia se hizo ante los Poderes Legislativos, tanto el Congreso de la Unión, como la XX Legislatura Estatal de Baja California, y se puso en marcha una amplia maquinaria para realizar las investigaciones correspondientes, que permitan fincar responsabilidades a los involucrados e incluso se plantea la posibilidad de que Sempra deje de operar y sea sacada de la entidad.
Las investigaciones, entorno a este mayúsculo caso de corrupción, se iniciaron en atención a propuesta de punto de acuerdo suscrito por el Senador Jorge Legorreta Ordorica, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, por parte de la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas de la Comisión Permanente, correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio constitucional de la LXI Legislatura, el martes 25 de enero del año en curso, en la Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, secundado en términos similares, mediante punto de acuerdo tomado ese mismo día por la legislatura local de Baja California, a propuesta de la Diputada presidente de la XX Legislatura Estatal, Nancy Sánchez Arredondo.
La discusión del tema se efectuó al dar a conocer dictamen, por parte del senador Legorreta Ordorica, en cuanto a la proposición con punto de acuerdo relativo a la Regasificadora Energía Costa Azul, S. de R.L. de C.V., filial de Sempra Energy, luego de que los legisladores integrantes de la citada Tercera Comisión, realizaron el estudio y el análisis de los planteamientos de la propuesta, a fin de valorar su contenido, deliberar y emitir el Dictamen en mención.
En las Consideraciones iniciales, se establece que existe colusión entre la empresa Regasificadora Energía Costa Azul, construida por Sempra Energy en Ensenada, Baja California, y la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
Legorreta Ordorica advirtió, que la serie Estudios de Caso, de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, publicó en noviembre de 2006, un documento intitulado : Caso 4 terminal de recibo, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado: Energía Costa Azul.
Asímismo, refirió que de acuerdo a ese estudio en el punto 6.1.7 Emisión del Resolutivo, con fecha 8 de abril de 2003, se estableció que en relación a la solicitud para la instalación de terminal de almacenamiento de gas natural licuado en Ensenada, Baja California, la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de SEMARNAT, determinó que el proyecto, era ambientalmente viable y, por lo tanto, resolvió autorizarlo de manera condicionada.
La condicionante quinta, preocupó seriamente a Sempra, pues debería contar con una zona de amortiguamiento, para garantizar la seguridad de las zonas residenciales y asentamientos humanos diversos, ubicados al norte del sitio del proyecto, para lo cual necesitaba comprar terrenos aledaños, en igual superficie a la que se vería afectada por la instalación de la terminal y sus equipos auxiliares, los cuales serían destinados y mantenidos para la conservación y protección de las especies de flora y fauna que habitan en los mismos.
Luego señaló que aunque Sempra intentó que se modificara la mencionada condicionante número 5, la misma autoridad negó la modificación a dicha condicionante, basándose esencialmente en la posibilidad de eventos graves de riesgo y en consecuencia daños irreparables en virtud de su proximidad a los centros de población aledaños, previendo las tendencias de expansión y la creación de nuevos asentamientos en la zona.
Entonces, observó que, ante la negativa de la Semarnat y con el fin de cumplir con sus disposiciones, la empresa dió inicio, por un lado, a la adquisición de los terrenos aledaños, y por otro lado, “comenzó una callada, pero efectiva labor para convencer a los funcionarios de esa secretaría, responsables de que suprimieran u omitieran el cumplimiento de la quinta condicionante previamente citada”.
En consecuencia, en su desesperación por adquirir los predios circundantes, necesarios como área de amortiguamiento a su planta regasificadora, el senador señaló que “…Sempra se valió de todos los medios, legales e ilegales, para obtener los terrenos” y dice que para ello, se contó con la complicidad de las autoridades estatales, despojó de su propiedad al ciudadano Ramón Eugenio Sánchez Ritchie, simulando una operación de compra-venta de su terreno y acusándolo de despojo de su propio terreno”.
Por otro lado, expuso que, no obstante el reconocimiento de haber adquirido (ilegalmente) esa área, para usarla como “zona de amortiguamiento”, a fin de cumplir con las normas mexicanas y ante la evidencia y posibilidad real de que el terreno en menc ión pudiera ser regresado a su dueño legítimo, los directivos de Sempra optaron por contratar a la empresa Lloyd Germánico de México S de RL, de CV, catalogada, según la Comisión Reguladora de Energía, como especialista para la verificación y emisión de dictámenes técnicos relativos a terminales de almacenamiento de gas natural licuado, “…para que le realizara un dictamen “a modo”, con el propósito de eludir lo ineludible, es decir la insustituible “zona de amortiguamiento”.
De la misma manera, Legorreta dijo que, en lugar de cumplir con las leyes mexicanas, lo que buscaron los directivos de Sempra, fue violentar las leyes mexicanas, por la vía de la intervención de empresas que se prestan a ese tipo de acciones.
El legislador refirió que Sempra violentó la legalidad no sólo corrompiendo, sino mintiendo, manipulando y ocultando información, y pagando servicios a extranjeros para espiar e investigar a instituciones y a ciudadanos mexicanos, incluyendo a funcionarios del Poder Judicial.
Por otro lado, señaló que la empresa ha venido enfrentando una serie de denuncias en Estados Unidos, y es motivo de investigaciones públicas sobre su participación durante la crisis de precios y suministro de gas natural y electricidad de California, como uno de los posibles agentes que manipularon el mercado y limitaron la disponibilidad de gas natural, provocando un alza artificial de los precios de gas natural y electricidad, y una restricción en el suministro de ambos energéticos.
Mencionó que entre las leyes mexicanas que se violan con la operación de la empresa de Sempra en Ensenada, se encuentra la Ley General del Equilibrio Ecológico, que establece que se considera de utilidad pública el establecimiento de zonas intermedias de salvaguardia, con motivo de la presencia de actividades consideradas como riesgosas y que además advierte que “cuando la gravedad de la infracción lo amerite, la autoridad solicitará, a quien los hubiere otorgado, la suspensión, revocación o cancelación de la concesión, permiso, licencia y en general de toda autorización otorgada para la realización de actividades comerciales, industriales o de servicios, o para el aprovechamiento de recursos naturales que haya dado lugar a la infracción.”
Sentenció que al haber omitido la adquisición de la zona de amortiguamiento, existe una grave responsabilidad y el funcionario de la Semarnat que permitió la omisión de la condicionante quinta, hasta ahora ha quedado impune. Un tanto irónico comentó que “…Como la regulación estadounidense le impidió instalarse en su país, Sempra Energy buscó y encontró en Baja California, un “santuario regulatorio”, que le permitió instalar una planta regasificadora e introducir gas y electricidad en el mercado del sur de California”.
Instalándose en México, Sempra logró evadir la inamovible legislación estadounidense, que prácticamente le prohibió realizar sus actividades en territorio estadounidense, “…pero aquí, con una evidente relación de complicidad entre las autoridades federales y estatales del sexenio anterior y algunas del actual, logró construir su planta con la justificación de contribuir a la integración y desarrollo económico”.
También se refirió al daño al medio ambiental, y enfatizó que en Baja California, la operación de Sempra Energy, está contribuyendo a pasos agigantados a acelerar el daño al medio ambiente, particularmente de las costas y las aguas cercanas a su planta regasificadora.
Advirtió que dicha empresa, está violando lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, reglamentaria de la Constitución en materia ambiental, al contaminar el mar por verter cantidades industriales de cloro y otros desechos y materias, pero sobre todo, por enfriar sensiblemente las aguas en el proceso de regasificación, lo cual afecta a todas las especies marinas de la zona.
Al respecto, señala que el artículo 170, de dicha ley, menciona que “cuando exista riesgo inminente de desequilibrio ecológico, o de daño o deterioro grave a los recursos naturales, casos de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes o para la salud pública, la secretaría, fundada y motivadamente, podrá ordenar la clausura temporal, parcial o total de las fuentes contaminantes”.
Incluso, el artículo 188 de la citada ley determina que “las leyes de las entidades federativas establecerán las sanciones penales y administrativas por violaciones en materia ambiental del orden local”, en tanto que el artículo 203 especifica que “sin perjuicio de las sanciones penales o administrativas que procedan, toda persona que contamine o deteriore el ambiente o afecte los recursos naturales o la biodiversidad, será responsable y estará obligada a reparar los daños causados”.
Mencionó que, en síntesis, la actividad de Sempra Energy ha tenido múltiples consecuencias en Baja California, entre otras, las siguientes :
• Que no se observen las disposiciones constitucionales establecidas para la conservación del medio ambiente.
• Que haya solicitado la ampliación de la planta y al mismo tiempo la exención de la Manifestación de Impacto Ambiental.
• Que nuestro país incumpla con tratados y convenciones internacionales en materia de protección al ambiente.
• Que se agudice la amenaza y el peligro de extinción para especies únicas en el mundo y que habitan en el entorno terrestre y marino de la planta regasificadora.
• Que se comprometa, con ello, el futuro de las siguientes generaciones.
• Que se pierda la belleza natural de este Estado, en aras de un mal entendido progreso y modernidad.
• Que se afecte el potencial pesquero y turístico de toda la región.
• Que se corrompa a las instituciones a fin de que éstas otorguen permisos y licencias de operación, aún a sabiendas que existe incumplimiento de las normas ambientales.
• Que las leyes y reglamentos tanto federales como estatales en la materia sean letra muerta para el caso específico de Sempra Energy.
• Que se dañe al turismo, disminución del valor de la propiedad y daño económico.
Recordó que el gobierno de Ernesto Ruffo declaró la zona de Tijuana-Rosarito-Ensenada como un recurso natural y turístico, y que se tenían grandes expectativas a este respecto, pero que sin embargo, al aprobar el siguiente gobierno, el de Eugenio Elorduy, la instalación de Sempra Energy, se limitó seriamente el desarrollo turístico futuro y se afectó el patrimonio de quienes habían invertido en desarrollos vacacionales y de retiro, al disminuir el valor de la propiedad en tales desarrollos.
Hizo mención de que otro aspecto importante, es el considerar que gracias a las alianzas estratégicas realizadas por Sempra Energy, tiene prácticamente el monopolio de la distribución de gas en Baja California.
Después, señaló la participación del exgobernador panista, Eugenio Elorduy, en este caso de corrupción, al que calificó como un abierto tráfico de influencias realizado durante dicha administración estatal, para la creación de un proyecto de suministro energético a Estados Unidos, desde territorio bajacaliforniano, operado a través de Sempra Energy, pasando por encima de disposiciones constitucionales, legales y financieras de México.
Explicó que, independientemente de la corrupción y tráfico de influencias del caso, una violación más, que incluso involucró al Poder Legislativo, fue el hecho de que durante el sexenio de Elorduy Walther, la obra más importante y divulgada es la que se conoció como Corredor 2000, la cual se construyó con recursos públicos federales y estatales.
Sin embargo, apuntó, “…lo que nunca se dijo fue que su propósito oculto era cruzar tres municipios (Ensenada, Playas de Rosarito y Tijuana) y cientos de predios de particulares y ejidales, con el propósito –desconocido para el Congreso del Estado y para todo mundo– de llevar en medio de la carretera (soterradamente), el ducto de gas de la planta de Sempra Energy, desde la estación de descarga en Ensenada hasta el territorio de Estados Unidos de América”.
A esto agregó que “…En una astuta e indebida maniobra para favorecer a Sempra Energy, el gobierno del Estado expropió, en marzo del año 2004, los terrenos en los cuales se instalaría, en un sitio de alta plusvalía conocido como El Monumento, en playas de Tijuana, una planta regasificadora de la empresa Marathon Oil, competidora de Sempra Energy”.
El caso, dijo, incluso llegó a la Corte de San Diego, en Estados Unidos, a través de la denuncia presentada por un particular de nombre Osvaldo Castillo, ciudadano estadounidense residente en Chula Vista, y dos empresas, la empresa tijuanense Construvisión 2000, SA de CV, y la compañía Casas, Departamentos y Oficinas, con sede en la Ciudad de México, quienes declararon haber sido afectados al haber dejado de recibir 33 millones de dólares, en las operaciones de compraventa de los terrenos, al cancelarse el proyecto de Marathon Oil en los terrenos expropiados.
En cuanto al Corredor 2000, insistió que “…no debe pasarse por alto que dicha obra pública es una clara muestra de abuso de poder; nadie se la solicitó a Elorduy cuando fue candidato y menos ofreció construirla; sin embargo, ya siendo socio –por medio de su hija– la hizo para favorecer los intereses de la citada empresa. Por la prensa nos enteramos que la obra costaría inicialmente 650 millones de pesos; poco tiempo después se informó que había aumentado a 850 millones. Cuando ya se habían erogado más de mil 200 millones de pesos, se dijo que se estaba a un 15 por ciento de su terminación. Sin haberla concluido, se informó que se elevaron los costos a cerca de los 2 mil millones de pesos y posteriormente, cuando la inauguró el presidente Fox, finalmente se aceptó que la carretera había costado 2 mil 400 millones de pesos, casi cuatro veces más de lo programado inicialmente”.
Enfatizó que “…La construcción del gasoducto –a lo largo del Corredor 2000- representa una abierta violación a la soberanía nacional, al Congreso del Estado y al Poder Judicial de Baja California; es también una afrenta al pueblo de México que demanda una investigación a fondo, por parte de la entidad de fiscalización superior de la federación –por haber sido sufragada con fondos del erario, tanto estatales como federales– la cual está facultada para fiscalizar directamente los recursos federales que administren o ejerzan los Estados”.
En la propuesta presentada ante la Legislatura de Baja Califiornia, por la diputada Nancy Sánchez Arredondo, para obtener punto de acuerdo respecto a este caso, hizo referencia a la hija de Elorduy y su participación en este asunto.
“…Para lograr su objetivo –dijo la legisladora, refiriéndose al exgobernador-, y realizando el papel de Caballo de Troya contra sus propios gobernados y contra la Nación, Elorduy se apoderó de la empresa GNL de Mexicali, S. de R.L. de C.V., a través de su hija Érika, e inmediatamente se asoció con Sempra Energy, mediante Energía Costa Azul, S. de R.L. de C.V. Posteriormente, estas dos empresas se fusionaron, para operar la estación de descarga y regasificadora, en la costa del municipio de Ensenada”.
“El 30 de enero del 2003 –agregó Nancy- el pleno de la Comisión Federal de Competencia resolvió autorizar la concentración entre Sempra Energy México, S.A. de C.V., y Distribuidora de Gas Natural de Mexicali, S. de R.L. de C.V., en la cual la principal socia es Érika Elorduy Blackaller, hija del ex gobernador de Baja California Eugenio Elorduy, según consta en la partida 5152907 inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en Mexicali. El 7 de agosto del mismo año, le entregaron el título de permiso número G/140/ALM/2003 para almacenamiento de gas natural a la empresa Energía Costa Azul S. de R.L. de C.V., propiedad de Sempra Energy”.
Continuando con los señalamientos del senador Legorreta Ordorica, éste comentó que la lucha contra las plantas regasificadoras de Sempra Energy, no es nueva. Que durante varios años, muy diversos grupos de bajacalifornianos se han opuesto, mediante denuncias, foros y marchas, a que se instalen plantas regasificadoras en la costa de Baja California, y que, de acuerdo con la investigación que realizaron, desde su inicio se ha cuestionado la presencia de Sempra Energy en esta entidad.
“Sempra Energy contó con la complicidad y apoyo del gobernador Elorduy, cuya ambición lo impulsó a violentar la probidad y la institucionalidad”, afirmó categóricamente Legorreta.
“La regasificadora Sempra Energy (Energía Costa Azul) –insistió- violó la Constitución, pisoteó los derechos del ciudadano mexicano Ramón Eugenio Sánchez Ritchie, afrentó a los Poderes Judicial y Legislativo y corrompió al Ejecutivo; además de haber realizado acciones de espionaje que caen en el ámbito de seguridad nacional y que deben ser investigados por la dependencia correspondiente”.
Advirtió que “…Sempra Energy desea aprovecharse de nuestra tierra y costas, sin importarle la vida silvestre, marina o la humana. No exagero, créanme, en que la vida marina de la costa bajacaliforniana y de miles de conciudadanos está en riesgo, de permitirse que Sempra Energy siga operando impunemente”.
A esto añadió que “…No le importó a Sempra afectar a inversionistas en la zona costera e incluso planes estatales para desarrollar la zona, con tal de verse favorecida. Sempra logró acaparar la distribución de gas en el estado y cuestionan por qué un negocio tan redituable no lo tienen empresas del estado lo cual produciría enormes beneficios en esta época de crisis”.
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