sábado, 1 de marzo de 2014

Revocan suspensión a favor de UABC

* Sobre el juicio de amparo 500/2013, del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado, promovido por Monsarrat Yocelin López Félix y otros contra la UABC.
ENSENADA.- El Segundo Tribunal Colegiado revocó ayer la suspensión definitiva que el Juez Quinto de Distrito había otorgado inicialmente a 10 aspirantes no admitidos a la Universidad Autónoma de Baja California (UABC), dentro del juicio de amparo 500/2013, que determinaba que la Universidad debería admitir a los demandantes en sus aulas.


De acuerdo a un comunicado emitido por la oficina del Abogado General de la UABC, doctor Roberto Castro Pérez, los argumentos principales en que se basó esta revocación, fueron que la no admisión de un aspirante por parte de la UABC, no es un hecho inconstitucional en sí mismo, ya que no obedece a una decisión caprichosa, sino a resultados comprobables dentro de un proceso debidamente normado y ordenado.



Además, de que el derecho humano a la educación tiene límites que dicta el interés social, específicamente el que la UABC proporcione una educación de calidad, limitando prudentemente el número de alumnos que puede atender con los recursos de que dispone; así como que es incorrecto ordenar en una resolución incidental que un aspirante se incorpore a clases, pretendiendo proteger el derecho que alega en su demanda de amparo, pues ello solamente corresponde a la sentencia principal o de fondo.



Apenas el pasado viernes 21 de febrero, y en cumplimiento de un requerimiento final del Juez Quinto de Distrito, la Universidad había incorporado a clases a siete de los diez aspirantes. Ahora, tras el lapso de 2 a 3 semanas que previsiblemente llevará al Segundo Tribunal Colegiado comunicar oficialmente su decisión al Juez Quinto de Distrito, esos siete aspirantes serán desincorporados, al carecer de una suspensión judicial que justifique su estancia en las aulas universitarias.



El Abogado General aclaró que esta sentencia no decidió el fondo del asunto, ya que para que eso suceda, tanto el Juez Quinto de Distrito (amparo 500/2013, de 10 aspirantes) como el Juez Cuarto de Distrito (amparo 508/2013, de 32 aspirantes), tienen que emitir su sentencia principal o de fondo, mismas que pueden ser impugnadas mediante un recurso de revisión ante los tribunales colegiados, proceso que posiblemente llevará de 4 a 6 meses más.



Evidentemente la sentencia de hoy constituye una gran victoria para la Universidad, tanto en el plano jurídico y procesal, como en el anímico y mediático. Los efectos son: La conclusión total de denuncias e incidentes de desacato de la suspensión definitiva, así como de la aplicación de medios de apremio; la conclusión de la presencia en las facultades de los aspirantes como "alumnos equiparados".



Asimismo, el doctor Castro Pérez señaló que el criterio establecido por el Segundo Tribunal Colegiado en la sentencia de hoy, aunado al criterio previamente establecido por el Quinto Tribunal Colegiado respecto al diverso juicio de amparo 508/2013, también favorable a la Universidad, constituye un importante precedente para todos los jueces de distrito en el Estado de Baja California, en el sentido de que no debe otorgarse la suspensión, en los juicios de amparo planteados por aspirantes no admitidos.

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